Nuestras Responsabilidades y Actividades


RESPONSABILIDADES Y ACTIVIDADES DE “AVALA AGENTE DE SEGUROS Y DE FIANZAS, S.A. DE C.V.” ASI COMO CONSIDERACIONES IMPORTANTES

El Art. 5º del Reglamento de Agentes de Seguros establece que es nuestra responsabilidad informar lo siguiente:

- La actividad del Agente de Seguros consiste exclusivamente en el intercambio de propuestas, comercialización y asesoramiento para la celebración de contratos de seguros, su conservación, modificación, renovación y/o cancelación.
- Estamos autorizados con cédula nivel tipo “C” (riesgos especiales) No. No. C331874 y Y313978, para intermediar desde Seguros de Personas, Riesgos Individuales, Autos, Vida, Accidentes y Enfermedades, Salud, Seguro de Daños, Riesgos Empresariales, Grupo, Flotillas, y Riesgos Especiales, Así mismo, contamos con cédula de fianzas No. Y313979 , para comercializar con cualquier Aseguradora y/o Afianzadora debidamente registrada y autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas (CNSF).
- Pertenecemos a la “Asociación Mexicana de Agente de Seguros y Fianzas, A.C.” (AMASFAC), Miembros de la “Confederación Panamericana de Productores de Seguros” (COPAPROSE) y “World Federation of Insurance Intermediaries” WFII.
- Contamos con Seguro de Responsabilidad Civil por errores y omisiones para garantizar el cumplimiento de las responsabilidades en las que podamos incurrir debido a nuestras actividades. Contamos con 36 años de experiencia con ningún solo incidente.

- Los servicios que ofrecemos como sus asesores profesionales en seguros y de fianzas son:
• Contar con oficinas especializadas para cada servicio
• Brindar asesoría personal en caso de siniestros y/o reclamaciones.
• Una vez completados en su totalidad los documentos para el trámite de cualquier solicitud de seguros y/o de fianzas por nuestro conducto, éste será entregado en las oficinas de la compañía de seguros y/o afianzadora para su trámite, en un tiempo no mayor a cinco días hábiles a partir de su recepción en nuestras oficinas.
• Ya que sea aceptada su solicitud y emitida por parte de la compañía de seguros y/o afianzadora, su póliza será entregada dentro de los siguientes cinco días hábiles de recepción por parte de la compañía de seguros y/o afianzadora en nuestras oficinas.


FAVOR DE CONSIDERAR:

El proponente, contratante y solicitante del seguro está obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato.

“LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO” ARTÍCULO 8º.- El proponente estará obligado a declarar por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato. ARTÍCULO 47.- Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8o, 9o y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no haya influido en la realización del siniestro

>> El proponente, contratante y/o solicitante del seguro debe dar aviso por escrito en caso de tener contratado otros seguros sobre el mismo riesgo.

“LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO” ARTÍCULO 100.- Cuando se contrate con varias empresas un seguro contra el mismo riesgo y por el mismo interés, el asegurado tendrá la obligación de poner en conocimiento de cada uno de los asegurados, la existencia de los otros seguros. El aviso deberá darse por escrito o indicar el nombre de los aseguradores, así como las sumas aseguradas.

>>Las primas de seguros y/o fianzas, solo se pueden cobrar contra recibo oficial expedido por la compañía (afianzadora o aseguradora)

>>AVALA Agente de Seguros y de Fianzas SA de CV, somos intermediarios, entre usted y la compañía de seguros y/o afianzadora, por lo tanto, tenemos facultades para expedir y modificar pólizas de los ramos autorizados de acuerdo con la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

>> Es responsabilidad del Contratante del seguro revisar que las condiciones de la póliza concuerden con la oferta, y cuenta con un periodo de 30 días naturales a partir de la recepción de la póliza de seguros para solicitar por escrito la rectificación correspondiente, transcurrido este plazo se entenderán por aceptadas las estipulaciones de la póliza por parte del Contratante (artículo 25 de Ley Sobre El Contrato de Seguros).

>> El Contratante del seguro deberá realizar el pago durante los primeros 30 días desde el inicio de la vigencia indicada en la carátula de la póliza.

“LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO” ARTÍCULO 40.- Si no hubiese sido pagada la prima o la fracción correspondiente, en los casos de pago en parcialidades, dentro del término convenido, los efectos del contrato cesarán automáticamente a las doce horas del último día de ese plazo. En caso de que no se haya convenido el término, se aplicará un plazo de treinta días naturales siguientes a la fecha de su vencimiento.


>>El alcance real de la cobertura de los seguros que usted contrata se encuentra escrito y especificado de manera clara en las condiciones generales, en la carátula, y especificaciones de su póliza

>> Recuerde que las exclusiones de su póliza de seguros están escritas en la especificación de la póliza y en las condiciones generales que forman parte de la póliza de seguros.

>> La manera de conservar su seguro es realizando el pago correspondiente y la forma de cancelarlo, renovarlo o modificarlo es solicitándolo por escrito a la compañía de seguros.

>> En caso de cualquier cambio a su póliza (domicilio, beneficiarios, aclaración, cambio y/o actualización de valores, descripción de bienes, coberturas y/o condiciones) favor de notificarlo por escrito, para realizar el trámite y así mantener actualizada su póliza.

>> Favor de considerar que en caso de la contratación de seguros:

Nos permitimos informar que de acuerdo con el artículo 492 de Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, con cualquier aseguradora que usted opte por contratar la póliza de seguros, le solicitaran documentación personal de la empresa, por lo anterior le recomendamos que vaya preparando un expediente con esta información. Así, en caso de que nos veamos favorecidos de optar de contratar la póliza de seguros a través de nuestro conducto podamos agilizar el trámite de documentos. Los datos y documentación solicitada es la siguiente:

DATOS
Denominación o Razón Social Domicilio Giro Mercantil, actividad u objeto social Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Número de serie de firma electrónica avanzada. Domicilio, Teléfono, Correo electrónico y página de Internet Fecha de Constitución Nombre, nacionalidad y datos del representante legal Favor de confirmar el método de pago *
DOCUMENTACIÓN (COPIAS EN ARCHIVO ELECTRÓNICO “LEGIBLES”)
Testimonio original o copia certificada de escritura constitutiva y de sus Reformas. Cédula de identificación fiscal RFC, expedida por la SHCP Alta ante SHCP “R1” y en su caso R2 y/o similar “solo” cuando exista cambio de “domicilio fiscal”. Comprobante de domicilio., recibo de luz, agua, teléfono, predial, que no tenga más de 3 meses de antigüedad (debe coincidir con la misma dirección fiscal). Testimonio notarial donde consten los poderes del representante legal. Identificación del apoderado legal, que sea oficial, con foto y comprobante de domicilio.

*De acuerdo con la regla 2.7.1.32 resolución miscelánea Fiscal vigente (presentación CFDI), dispuesto por el artículo 29A fracción VII inciso c) del Código Fiscal de la Federación, es necesario que se muestre el “MÉTODO DE PAGO”, considerando: 01Efectivo, 02Cheque, 03Transferencia electrónica de fondos, 04Tarjeta de Crédito, 28Tarjeta de Débito, o, en caso de que no se proporcione el método de pago, en el recibo de seguros se anotará la clave “99” otros (la cual también es válida). >>Tratamiento de su información proporcionada a AVALA Agente de Seguros y de Fianzas SA de CV.

Sus datos están protegidos, y no serán utilizados para ningún fin más que los específicos para evaluar la contratación de seguro y de la fianza, favor de consultar el aviso de privacidad en la siguiente liga: https://avala.mx/aviso-privacidad.html


Oficinas de “AVALA Agente de Seguros y de Fianzas SA de CV”


AVALA MÉXICO
Cruz de Valle Verde 14-201
Col. Santa Cruz del Monte, Naucalpan
C.P. 53110, Edo. De México
Tel. (55) 2451 7147
email: contactomex@avala.mx
AVALA QUERÉTARO
Anillo Vial Fray Junípero Serra Km. 17, # 20012, 1A ,
Col. El Salitre C.P. 76127, Querétaro, Querétaro
Tel. (442) 394-06-37
email: contactoqro@avala.mx









COBERTURA
Ramo o servicio solicitado
FORMA DE CONSERVARLA
Realizar su pago a tiempo.
FORMA DE CANCELACIÓN
A petición del asegurado o por falta de pago



Al leer el presente aviso, estoy de acuerdo y entiendo por completo mis derechos y obligaciones respecto a la contratación de los seguros y/o de fianzas.